Casación le había bajado la pena en 10 años
Miguel Reynoso, el Chacal de Cañuelas de 63 años de edad, había sido condenado por un Tribunal de La Plata a la pena de 40 años de prisión, por haber esclavizado y abusado de su hijastra con deficiencia mental durante dos décadas de cautiverio, lapso en el cual la dejó embarazada en tres ocasiones.

La Cámara de Casación había interpretado que una parte de los eventuales delitos había prescripto y había bajado 10 años la condena.
Se refirió en concreto al hecho señalado como I, consistente en el delito de “abuso sexual con acceso carnal, a una menor de dieciocho años, agravado por la situación de convivencia, dejando firmes los hechos II y III por “abuso sexual con acceso carnal, respecto de una femenina que no estaba en condiciones de consentir libremente la acción” y “abuso sexual con acceso carnal, respecto de una femenina que no estaba en condiciones de consentir libremente la acción”.
Con el retorno del expediente al órgano de origen, el Tribunal Criminal IV de La Plata por unanimidad, se receptó lo ordenado en la instancia superior y se readecuó el monto de la sanción a 30 años de cárcel para el acusado.
Pero la cuestión no terminó en ese punto. También, por primera vez en la historia del país, un Tribunal Criminal dispuso la realización de un “juicio por la verdad” para conocer la realidad material de los episodios acontecidos, al margen de que se haya agotado la acción por el transcurso del tiempo para uno de los cargos endilgados, y decretó por mayoría, de dos votos contra uno, la responsabilidad internacional del Estado Argentino, “ante la omisión de cumplimiento de las obligaciones asumidas respecto de la prevención, investigación y sanción de delitos sexual contra niños, niñas y adolescentes.
Por eso recomendó que se arbitren los medios para una concurrencia a los organismos internacionales “para la obtención de la pretendida declaración de responsabilidad internacional del Estado Nacional”.
Cabe destacar que el juicio por la verdad tiene una finalidad restaurativa, sin aplicación de penas, pero con real significancia para la víctima y sus allegados.

